DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS A ESCUCHAR CUENTOS

1. Todo niño, sin distinción de raza, idioma o religión, tiene derecho a escuchar los cuentos más hermosos de todas las tradiciones orales de los pueblos, especialmente aquellos que estimulen su imaginación y su capacidad crítica.

2. Todo niño tiene pleno derecho a exigir que sus padres le cuenten cuentos a cualquier hora del día. Aquellos padres que sean sorprendidos negándose a contar un cuento a un niño, no sólo incurren en un grave delito de omisión culposa, sino que se están autocondenando a que sus hijos jamás les vuelvan a pedir otro cuento.

3. Todo niño que por una u otra razón no tenga a nadie que le cuente cuentos, tiene absoluto derecho a pedir al adulto de su preferencia que se los cuente, siempre y cuando éste lo haga con amor y ternura, que es como se deben contar los cuentos.

4. Todo niño tiene derecho a escuchar cuentos sentado en las rodillas de sus abuelos. Aquellos que tengan vivos a sus cuatro abuelos podrán cederlos a otros niños que, por diversas razones, no tengan abuelos que se los cuenten. Del mismo modo, aquellos abuelos que carezcan de nietos están en libertad de acudir a escuelas, parques y otros lugares de concentración infantil donde, con entera libertad, podrán contar cuantos cuentos quieran.

5. Todo niño está en el derecho de saber quiénes son HANS CHRISTIAN ANDERSEN, los hermanos GRIMM, ELENA FORTÚN, LEWIS CARROLL, CARLO COLLODI, EMILIO SALGARI, GLORIA FUERTES, MICHAEL ENDE, ELSA BORNEMAN, SYRIA POLETTI, Mª ELENA WALSH, ROALD DAHL…, entre muchos otros. Las personas adultas están en la obligación de poner al alcance de los niños y niñas todos los libros, cuentos y poemas de estos autores.

6. Todo niño goza a plenitud del derecho a conocer las fábulas, mitos y leyendas de la tradición oral de su país. En el caso de los niños de pueblos indígenas, éstos tienen perfecto derecho a enterarse de sus relatos y cuentos folklóricos, así como de toda aquella literatura creada por su pueblo.

7. El niño tiene derecho a inventar y contar sus propios cuentos, así como modificar los ya existentes, creando su propia versión. En aquellos casos de niños muy influidos por la televisión, sus padres están en la obligación de descontaminarlos conduciéndolos por los caminos de la imaginación de la mano de un buen libro de cuentos infantiles.

8. El niño tiene derecho a exigir cuentos nuevos. Los adultos están en la obligación de nutrirse permanentemente de nuevos relatos, propios o no, con o sin reyes, largos o cortos. Lo único obligatorio es que éstos sean hermosos e interesantes.

9. El niño siempre tiene derecho a pedir otro cuento, y también a pedir que le cuenten un millón de veces el mismo cuento.

10. Todo niño, por último, tiene derecho a crecer acompañado de las aventuras de Alicia en el país de las maravillas y de Sandokán, del gato que tenía unas botas de siete legüas, de la escuela de las hadas, de las historias del sapo, de la señora Planchita, del colorín colorado de los cuentos y del inmortal “Había una vez...”, palabras mágicas que abren las puertas de la imaginación en la ruta hacia los sueños más hermosos de la niñez… Y de la vida.

NOTA: Este manifiesto circula de modo anónimo entre los cuentacuentos latinoamericanos desde hace varias décadas. Apareció publicado por primera vez en Venezuela en los años 70 del siglo pasado, y existen múltiples variantes.

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